LAS VÍAS DE ESCALADA DEPORTIVA Y EL PRUG DEL GUADARRAMA

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Por Francisco García Gómez de Mercado

Vicepresidente Segundo FMM

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre el PRUG del Guadarrama anuló la posibilidad excepcional de autorizar la apertura y equipación de una vía de escalada siempre que se desequipe una preexistente designada por la Administración.

En este caso, la prohibición absoluta de apertura de nuevas vías estaba ya contenida en los parques regionales preexistentes, por lo que el Tribunal consideró que el PRUG no podría ser menos protector.

En definitiva, se debe considerar que se mantiene la anterior prohibición de «el equipamiento de nuevas vías de escalada… que precisen del uso de elementos técnicos fijos para su apertura tales como clavos u otros anclajes expansivos, químicos o de percusión» y «la perforación con taladradoras, para colocación de chapas y clavos de expansión, para abrir vías nuevas«. Sin que quepa hacerlo aun cuando se cierren vías existentes.

Hablamos de vías equipadas, de escalada deportiva, no a «aperturas» de vías de escalada clásica que no precisen de elementos fijos ni taladros.