Published On: jueves, 17 febrero 2022

VIAS DE ESCALADA REGULADAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID PARA 2022

Categories: Escalada
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La CM ha publicado su regulación anual por anidamientos

Un año más, la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid (CM) ha publicado la regulación anual de vías y sectores de escalada en nuestra comunidad autónoma.

En general los sectores afectados por regulaciones son similares en cuanto a ubicación y número con los de los años anteriores por lo que nuestra comunidad de escaladores podrá seguir realizando normalmente su actividad deportiva con el respeto y el compromiso medioambiental inherente a nuestro espíritu deportivo.

La Federación Madrileña de Montañismo forma parte de la Junta Rectora del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama colaborando sistemáticamente con las regulaciones medioambientales del Parque que nos garantizan a todos el máximo respeto por la naturaleza y por el desarrollo de nuestros deportes según un modelo sostenible.

Pero, ¿Cuáles son las claves para entender y respetar las regulaciones para la protección de la aves rupícolas?

  • El Plan de Regulación de Uso Público para la Protección de las Aves Rupícolas (PRUPPAR) es un plan cuyo principal objetivo es la protección de las especies rupícolas durante su época de cría y reproducción.
    Con este plan se compatibiliza la conservación con diferentes prácticas del uso público, de forma que puedan seguir efectuándose con las regulaciones necesarias que contribuyan a la protección de las aves rapaces.
  • ¿Cuál es su ámbito de aplicación?
    El ámbito territorial de aplicación del PRUPAR es el definido en la Ley 7/2013, de 25 de junio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en su «Anexo I Límites Parque Nacional» y «Anexo III Límites Zona Periférica de Protección», así como de todo aquel territorio que adquiera la condición de Parque Nacional o de Zona Periférica de Protección en el futuro.
  • ¿Cuándo está activo?
    El periodo en el que se activan las principales regulaciones para la práctica de la escalada se enmarca en la época de cortejo, cría y reproducción de las especies rupícolas, comprendido este periodo, por lo general, entre el 1 de enero y el 31 de Julio, ambos inclusive.
    No obstante, si las condiciones climáticas o meteorológicas que influyen en la reproducción o circunstancias de otro tipo cambiasen, este periodo se podrá modificar.
    El plan será revisado y actualizado mientras dure la época de cría y reproducción y de ser necesario adaptado a las incidencias que se pudieran detectar.
    El PRUPPAR prevé de manera periódica su revisión, actualización y adaptación a los cambios que se pudieran detectar.
  • ¿Cuál es su regulación?La zonificación del PRUPPAR se divide en cuatro tipos:
    • B1: Zonas donde no se permite la escalada temporalmente, afecta a un número determinado de vías de escalada.
    • B2: Zonas donde no se permite la escalada temporalmente, afecta a un risco o sector de escalada.
    • B3: Zonas donde no se permite el tránsito temporalmente, afecta a un vial o zona.
    • C: Zonas de escalada libre.

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