Published On: lunes, 5 noviembre 2018

SENTENCIA FIRME DE COBRO DE RESCATE EN ASTURIAS

Categories: Generales
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El juez rechaza todos los argumentos del demandante rescatado

A pesar de la reiterada posición de la FEDME y de las federaciones territoriales –entre las que se encuentra la FMM– en contra del cobro de los rescates en España, un juez del principado de Asturias ha desmontado uno a uno los argumentos de la víctima demandante.

Según el Tribunal Asturiano, el cobro de la tasa por el rescate es perfectamente legal, siendo competencia de las comunidades autónomas. En este sentido, quince de las diecisiete comunidades ya tienen ley de tasas para casos de rescates, y solo la aplicación de la misma con criterios objetivos o subjetivos hace que el cobro efectivo se realice o no, dependiendo de dónde haya ocurrido el accidente..

La sentencia defiende su postura argumentando que toda prestación de un servicio público puede llevar aparejado el cobro de una tasa: «No se impone por la práctica de ninguna actividad deportiva sino por un servicio que se presta: el de rescate y salvamento de las personas que se encuentran en una situación de peligro para su vida o integridad por la realización de una actividad de riesgo».

Por último, el juzgado sostiene que será la administración quien decida qué cuerpo de salvamento (112, Guardia Civil) intervendrá en la opración: «Conviene precisar, entonces, que una vez que se presenta una situación de peligro, vulnerabilidad, amenaza, emergencia o catástrofe no existe un derecho del particular a elegir qué servicio le tiene que atender (…). El ciudadano tiene derecho a ser protegido y atendido por las Administraciones Públicas en caso de catástrofe (art. 5.1 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil) pero, en cualquier caso, son las Administraciones las que, tras evaluar la situación, deciden la respuesta que debe darse».

Leer la sentencia nº 172/18 completa

 

 

A fin de resolver dudas que nos habéis hecho llegar por teléfono, correo electrónico y redes sociales a raíz de esta noticia, os informamos de que, en una situación similar, si el accidentado hubiese estado federado, el seguro hubiese cubierto los gastos del rescate siempre que se haya tramitado el correspondiente parte de accidente. 

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