LA COMUNIDAD DE MADRID APRUEBA UNA LÍNEA DE AYUDAS PARA CLUBES Y FEDERACIONES
Destinadas a la modernización para adaptarse a la situación creada por el COVID
Con fecha 14 de octubre, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el acuerdo por el que se regirán las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones a las Federaciones y los Clubes Deportivos de la Comunidad de Madrid, destinadas a la modernización, innovación y digitalización en el sector deportivo para adaptarse a la situación creada por el COVID-19, que está previsto se publique en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid el próximo martes 20 de octubre y cuya dotación económica total será de 3.500.000 euros.
Esta subvención supone una gran oportunidad de mejora y modernización en la gestión, tanto para las federaciones Deportivas Madrileñas como para sus clubes adscritos, que les permitirá adaptarse a las nuevas exigencias con las que sin ninguna duda nos encontraremos a causa de la terrible situación que estamos viviendo.
Los requisitos exigidos a los clubes para ser beneficiarios de estas ayudas son:
- Deberán estar inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con una antigüedad de al menos un año.
- Que hayan participado en alguna competición oficial de su modalidad o modalidades deportivas en la última temporada deportiva.
- Que se cumplan en el momento de presentación de la solicitud, ambos requisitos.
Los gastos subvencionables, para cada entidad ya sea Federación deportiva o club deportivo, es de un máximo de 10.000 euros, los cuales deben ser realizados con posterioridad al 14 de marzo, fecha de declaración del Estado de alarma, siendo dichos gastos los siguientes:
- Los derivados del diseño e implantación del teletrabajo, consistentes en estudios de viabilidad del teletrabajo, diseño y puesta en marcha, implantación formal del programa de teletrabajo, herramientas tecnológicas necesarias para su consecución, aspectos logísticos, equipamientos necesarios, asesoría y aspectos legales de seguridad e higiene.
- Los correspondientes a la adquisición de equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, (TIC).
- Los correspondientes a la adquisición y tratamiento de software y licencias de software específicas, a excepción de software que consista en licencias informáticas de sistemas operativos o de aplicaciones de ofimática.
- Los costes de servicios de consultoría, incluyendo los trabajos de planificación y diseño del proyecto.
- Los gastos de material didáctico y costes de formación dirigidos a la implantación de recursos tecnológicos.
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