CASCADAS DEL DURATÓN

Prohibido escalar y barranquear hasta el 30 de junio

Nos han llegado noticias de que las cascadas del Duratón en el Puerto de Somosierra están reguladas para la práctica del barranquismo y la escalada. Está regulación no es otra cosa si no que durante el periodo comprendido entre el 1

de marzo y el 30 de junio no está permitido barranquear ni escalar para proteger la fauna de la zona. De acuerdo con lo siguiente:

“Efectuada consulta al Área de Conservación de Flora y Fauna de esta Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, competente en la materia, nos informan de que, efectivamente, la práctica del barranquismo está prohibida en la zona que usted menciona en su consulta en el período comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio, según consta en el cartel informativo.

Le indicamos que, aunque la Ley 2/1991, de 14 de febrero, para la Protección y Regulación de la Fauna y Flora Silvestres en la Comunidad de Madrid (BOCM de 5 de marzo de 1991), no menciona expresamente la práctica del barranquismo entre las actividades prohibidas o sometidas a regulación, en su Capítulo III: “Fauna silvestre”, sí establece la prohibición de “la perturbación de los espacios de recuperación, crianza, muda, invernada, reposo y paso de las especies animales catalogadas, especialmente las migratorias”, siendo éste el motivo de la citada prohibición en el espacio natural que usted menciona en su consulta, ya que esta zona se encuentra situada cerca de un espacio de cría”.